El pasado Miércoles, 1 de noviembre, se publicó en el BOE la orden EFP/1189/2023 donde se informa de modificaciones en las bases reguladoras de la Convocatoria Estatal 2022.
Desde iEditorial Elearning, estamos siempre trabajando por mantenernos actualizados y al día en todo lo referente a la formación. Por eso, queremos compartir con vosotros los puntos más relevantes.
Lo más importante que debemos saber, son los artículos que se han modificado de las bases reguladoras.
A continuación, detallamos los artículos más importante que han sido modificados:
En este artículo se establece 3 líneas de programas de formación:
Línea 1 – Formación vinculada a Certificados de Profesionalidad de carácter modular y dirigida a personas trabajadoras ocupadas. Los programas de formación podrán ser sectoriales o transversales.
Línea 2 – Formación dirigida a personas trabajadoras ocupadas, constituida por programas de acciones formativas específicas vinculadas a Certificados de Profesionalidad.
Estas formaciones deberán responder a las necesidades de cualificación detectadas por las empresas, previamente acordado con los centros de formación para la impartición de las mismas.
Línea 3 – Formación dirigida a personas trabajadoras desempleadas, constituida por programas de formación específicos vinculados a Certificados de Profesionalidad.
Las acciones formativas incluidas deberán referirse a las áreas sectoriales prioritarias establecidas en la correspondiente convocatoria.
Las personas participantes en un programa de formación podrán tener derecho a las becas y ayudas.
Para el abono de las ayudas, las personas desempleadas deberán aportar documentación que acredite que tienen a su cargo hijos menores de 12 años o de familiares dependientes hasta el segundo grado.
También deberán tener una renta inferior al 75 por ciento del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.
Se modifica la denominación del artículo y pasa a ser:
*Presupuesto para la financiación de los programas de formación y para las becas y ayudas correspondientes a la convocatoria año 2022*
Podrán solicitar subvenciones para financiar la ejecución de los distintos tipos de programas las siguientes entidades:
Este artículo indica que una entidad podrá presentar 1 solicitud por cada línea de programa de formación.
Además, cada solicitante de forma individual o siendo parte de una agrupación no podrá solicitar, en el conjunto de toda la convocatoria, programas por valor superior a 5.000.000 de euros.
Por último, si lo desea, podrá informarse de todos los artículos modificados en el siguiente enlace del BOE.
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