Se aprueba la nueva convocatoria de subvenciones 2022, para la financiación de programas de formación de ámbito estatal. Y hoy os contamos lo más importante que debéis saber sobre la Convocatoria de Ocupados 2022.
En primer lugar, la convocatoria estatal 2022 está orientada a la adquisición y mejora de competencias profesionales. Y de esta manera, aumentar las posibilidades de promoción profesional y desarrollo personal de las personas trabajadoras.
Como resultado, su objetivo es hacer frente a las necesidades de adaptación a los cambios que está sufriendo el mercado laboral en la actualidad.
Lo primero que debemos saber es que la convocatoria estatal 2022 estará dirigida a los siguientes grupos de personas:
Dentro de cada grupo señalado anteriormente, las personas que tendrán prioridad en el acceso a la formación son las que pertenezcan a los siguientes colectivos:
Lo segundo más importante a tener en cuenta, es que el presupuesto que se va aprobar para esta nueva convocatoria estatal será de 300.000.000 euros. Dicho presupuesto, se va a distribuir de la siguiente forma:
En tercer lugar, debes saber que las entidades podrán solicitar subvención en la convocatoria estatal 2022 son las siguientes:
Sin embargo, solo podrán solicitar subvención para la impartición de formación, los centros que estén inscritos para ello y dispongan de las instalaciones para formación presencial o de plataformas e-learning
En cuarto lugar, las acciones formativas podrán impartirse en las siguientes modalidades:
Otro dato importante de esta nueva convocatoria, son las acciones formativas que incluye. A continuación, os detallamos las mismas:
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Las solicitudes de subvención para la convocatoria estatal 2022 se tramitarán de forma electrónica mediante la aplicación que estará disponible en la página web de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (www.fundae.es).
Por último, debéis saber que los centros podrán presentar la solicitud para la convocatoria estatal 2022 en un plazo de 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Por ende, para la resolución de la misma, no podrá exceder de seis meses desde la fecha de la aprobación de la convocatoria.
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