El blog de iEditorial

Nuevo Sistema de Formación Profesional

Publicado por: admin
Publicado: 14 de abril 2023
1021 Visitas 0 Comentarios

Desde iEditorial Elearning estamos siempre trabajando por mantenernos actualizados y al día en todo lo referente a la formación.  

Por eso, a raíz de la publicación del Real Decreto 278/2023, de 11 de abril, por el que se establece el calendario de implantación del nuevo Sistema de Formación Profesional establecido por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, queremos compartir con vosotros los puntos más relevantes. 

¿Cómo será el Calendario de Implantación del Sistema de Formación Profesional?

Lo primero que debemos tener presente, es que, la publicación de este Real Decreto establece un calendario de cuatro años en el que todos tendremos que adaptarnos a:  

  • Implantación de las nuevas ofertas formativas 
  • Nuevo sistema de orientación profesional. 
  • Procedimiento de acreditación de competencias profesionales. 
  • Extinción gradual de los planes de estudios existentes. 
  • Equivalencia de titulaciones certificados y acreditaciones. 

En resumen, los puntos que se mencionan más arriba son todas las modificaciones que deberán incorporar los Ciclos Formativos y Certificados de Profesionalidad con lo que ello conlleva.  

¿Cuando se implantará el nuevo Sistema de Formación Profesional?

Lo segundo a tener en cuenta, es el plazo establecido para la ejecución de los puntos mencionados más arriba. El Real Decreto plantea un escenario en el que la transición de sistema será progresivo con márgenes temporales flexibles y amplios que no supongan la pérdida de ningún derecho. De hecho, el capítulo IV señala el proceso y además en las disposiciones transitorias se confirma la seguridad jurídica para el tránsito del sistema anterior al nuevo.

¡Pero no os preocupeis! Porque sin tener que apurar los tiempos la administración, se podrá anticipar ya a este cambio e ir implantando de forma gradual las nuevas ofertas formativas siempre que se reúnan las circunstancias necesarias. 

Es importante comprender que este Real Decreto persigue el interés general al proporcionar a los sectores, con distintos intereses en el ámbito de la formación profesional, una referencia clara para orientar sus expectativas y planificar su gestión en el horizonte temporal que ofrece el calendario. Para ello, se ha consultado a las autonomías, ciudadanos y organizaciones más representativas del sector implicado. 

El cambio más importante del Sistema de Formación Profesional

Desde luego nos surgen muchas dudas que vamos a intentar desgranar de forma breve y clara, aunque siempre será mejor tener como referente la ley y el RD, que podrán encontrar en la página oficial del BOE

Pero lo que no cabe duda, es que el cambio más importante de este nuevo decreto es la desaparición de lo que conocíamos hasta ahora como Formación Profesional, que será sustituida por grados que englobarán distintos tipos de formación (A, B, C, D y E).

Por ende, las administraciones competentes y demás organismos ofertarán paulatinamente los grados A y B, que sustituirán a las actuales Acciones Formativas que estuvieran asociadas a los mismos estándares de competencia, con una fecha límite de 01/01/2024 donde se dejarán de impartir las AAFF preexistentes.  

De igual modo ocurre con los grados C, que sustituirán los Certificados de Profesionalidad. Y por su parte, para el año lectivo 23/24 se impartirán escalonadamente los grados D y E, sin perjuicio de los periodos transitorios contemplados para la adaptación del periodo de formación en empresa y de beca a contrato de formación (fecha límite Diciembre del 2024). 

Por último, otros de los cambios que veremos a corto plazo es que en septiembre quedará desarrollado el Catálogo Nacional de Estándares de Competencia (contenido, organización, alcance…) y dejarán de ser operativos otros catálogos que incluyeran Formación Profesional. Del mismo modo con el Registro Estatal de Formación Profesional o el Registro General de Centros de Formación Profesional. 

Conclusión del Real Decreto 278/2023

Para nosotros, en este caso, la gran cuestión del  ha sido qué ocurre con los Certificados de Profesionalidad o Formaciones Profesionales in itinere.

Se establece que toda formación previa al 01/01/2024 será vigente y podrá continuarse, sometiéndose posteriormente a la adaptación al nuevo sistema. De igual modo, las personas que se encuentren realizando alguna de estas formaciones podrán finalizarlas sin ningún tipo de perjuicio. 

Estamos seguros de que esta ley seguirá dando de qué hablar, pero esperamos que con esta información os hayamos podido ayudar y recordad que estamos siempre disponibles para cualquier consulta o comentario. 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Blog Ieditorial